Por Óscar Manríquez Palacios
Hasta antes de 1987, no existía en México una institución similar al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que se encargara de dirimir, jurisdiccionalmente, los conflictos político-electorales innatos a los procesos comiciales.

Las instituciones más parecidas, responsables de llevar a cabo incipientemente esa labor, fueron los Colegios Electorales de la Cámara de Diputados y del Senado de la República, que tenían entre sus atribuciones calificar las elecciones en México.
En ese contexto, 1976 fue un año determinante para redefinir el sistema político-electoral del país, debido a que, en el proceso para renovar la Presidencia de la República, el Partido Revolucionario Institucional (PRI), fue el único que postuló candidato para ese cargo, lo cual para la clase política y diversos autores e intelectuales de la época significó el agotamiento del sistema, haciendo urgente su rediseño para, entre otras cuestiones, revivir a la oposición.
De esa manera, el 6 de diciembre de 1977 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, mejor conocida como LOPPE, cuya importancia para el presente radica en que facultó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para revisar las determinaciones adoptadas por los colegios referidos.
Durante la década de los ochenta, el país funcionó con ese marco legal, teniendo a dichas instituciones como responsables de la solución de las controversias suscitadas en los contextos de los procesos electorales; siendo hasta el 15 de diciembre de 1986 cuando, de cara al proceso electoral presidencial de 1988, se publicó el Decreto por el que se reformó la Constitución Federal para crear, en 1987, al Tribunal de lo Contencioso Electoral (TRICOEL), como la autoridad encargada de resolver los conflictos que pudieran surgir de esa jornada, previa aprobación que por mayoría simple efectuaran de sus sentencias los Colegios señalados, siendo éstos la última instancia en la materia.
Sometido a los Colegios Electorales, el TRICOEL resolvió 593 recursos de queja vinculados con la elección presidencial de 1988. La caída del sistema responsable de contabilizar los votos de esa jornada y su incapacidad para responder jurídicamente a la demanda social de garantizar la certeza de los resultados, lo llevaron a la desaparición e incluso a ser calificado por algunos como un fracaso institucional.
La llegada de Carlos Salinas de Gortari a la Presidencia de la República marcó el nacimiento del Tribunal Federal Electoral (TRIFE), el 6 de abril de 1990, como la forma en la que el mandatario intentó paliar el encono social que su triunfo dejó. Esta nueva institución fue dotada de mayor independencia, aunque sus sentencias continuaron pasando por la criba de los Colegios Electorales, de cuyos integrantes se requirió esta vez, mayoría calificada para aprobarlas.
La revisión política de las resoluciones del TRIFE existió hasta 1993, cuando una nueva reforma, previa a los comicios presidenciales de 1994, trasladó esa tarea a integrantes del Poder Judicial de la Federación (PJF), quienes conformaron la Segunda Sala de Instancia de aquella institución, la cual estuvo a cargo de la revisión jurídica de sus sentencias hasta 1996.
La elección de 1994 sería lastimosamente marcada por el asesinato del candidato del oficialismo, Luis Donaldo Colosio Murrieta, y de la cual resultaría electo su sustituto, Ernesto Zedillo Ponce de León, quien sería pieza clave para el desarrollo de los cambios que sufriría el sistema político y electoral mexicano en los próximos años; pues además de haber entregado la banda presidencial al primer mandatario no priísta de México, impulsó la reforma que incorporó al TRIFE al PJF, el 22 de agosto de 1996, y abrió la puerta de la escena política nacional al autor intelectual de la reforma de 15 de septiembre de 2024, en materia judicial: el ex presidente Andrés Manuel López Obrador.
Desde su incorporación al PJF al menos cuatro reformas pueden destacar por el impacto que tuvieron en la naturaleza y estructura del Tribunal Electoral:
- 2007 – 2008, gracias a la cual, las Salas Regionales que lo conforman funcionan de manera permanente y no sólo durante proceso electoral, como aconteció en el TRIFE.
- 2011, a partir de la cual el TEPJF está obligado a velar en sus actuaciones y resoluciones por el principio pro persona, valiéndose para ello del control de constitucionalidad y convencionalidad.
- 2014, que creó la Sala Regional Especializada (SRE), instancia facultada para sancionar, entre otras cuestiones, a quienes cometan Violencia Política en Razón de Género.
- 2024, que desapareció a la SRE y estableció al voto popular, como método único para la renovación de las magistraturas que conforman a las Salas del TEPJF.
De esa manera, el TRICOEL, el TRIFE y el TEPJF han intervenido en siete elecciones presidenciales y de renovación del Senado de la República; en seis intermedias para la renovación de la Cámara de Diputados y, por primera vez en este año, en la elección de las personas Juzgadoras del Poder Judicial de la Federación. También desde 1996 el TEPJF ha entregado cinco Constancias de Presidente Electo, siendo la primera vez en el año 2000, luego de que, con la reforma de 1996, se eliminara la auto calificación de los comicios.

De esa forma, y a unos días que se cumplan veintinueve años de aquella reforma de 1996, a la fecha de publicación de esta columna, veintidós juristas han integrado el pleno de su Sala Superior: diecisiete hombres y cinco mujeres (una de forma supletoria), y ha resuelto 313,269 asuntos, destacando 2024, 2012 y 2011 como los años en los que más actividad jurisdiccional ha tenido.
Consolidándose así como la máxima autoridad en la materia, como Tribunal Constitucional especializado del PJF pero, sobre todo, como institución garante de la paz y del orden social; gracias a cuya labor los conflictos electorales y partidistas se dilucidan por la vía institucional, abonando así a la estabilidad política, económica y social de esta gran nación.

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