Por Óscar Manríquez Palacios
El proyecto de Reforma Electoral será presentado formalmente el día martes. Mientras tanto, existen diversas propuestas a considerar y tener en cuenta.
Hace unos días se filtró a los medios de comunicación un documento o borrador de lo que podría ser el texto de la próxima Reforma en materia Electoral, al cual el Coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, calificó de no ser oficial pero tampoco falso, por lo que solicitó esperar a la presentación del proyecto definitivo, la cual está prevista para el próximo martes 24 de febrero.
Dicho documento prevé, entre otras cuestiones, la disminución de diputados y senadores plurinominales, la disminución del financiamiento público a partidos, el funcionamiento de las Juntas Distritales del Instituto Nacional Electoral sólo en procesos electorales, la elección de las Magistraturas Electorales Locales mediante voto popular y la homologación del número de Consejerías en los Organismos Públicos Locales Electorales.
De ser retomada alguna de dichas propuestas en la versión final de la Reforma, estimaría de muy atinada la permanencia de los Organismos Públicos Locales Electorales y de los Tribunales Electorales Estatales, pues como lo expresé en mi Columna pasada, “Aportaciones de las entidades a las Reformas Electorales”, la riqueza doctrinal, jurisprudencial y hasta empírica con la que han contribuido dichas autoridades al ámbito comicial es innegable.
Basta recordar que gracias a estas autoridades contamos con un sistema de Fiscalización sólido y transparente, el Voto Electrónico y por Internet funcional y confiable, el reconocimiento a la libre determinación, autogobierno y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas, que ha fortalecido nuestra identidad nacional, y el derecho a votar de las Mujeres, como piedra angular de la paridad.
Sin embargo, si bien su permanencia es plausible, es preciso acompañar a la misma de otra medida que garantice su autonomía frente a los Poderes de sus entidades, como el etiquetado desde la Federación de los recursos públicos destinados a dichos Organismos y Tribunales, para evitar, como ha ocurrido con anterioridad, (Oaxaca en 20161, Aguascalientes y Michoacán en 20212 o Guerrero en 20233), que los Gobiernos de sus Estados utilicen la asignación de sus presupuestos, como medida de presión para interferir en la operatividad y autonomía de su funcionamiento.

Otra propuesta que considero sería deseable encontrar en el texto de la próxima Reforma Electoral, es la que tiene que ver con el reconocimiento a nivel Constitucional y Legal, de la Violencia Política en Razón de Género, como causal de nulidad de cualquier elección.
Y es que si bien es cierto que en la actualidad tanto la Constitución Federal4, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales5 y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral6, cuentan con diversas disposiciones encargadas de proteger a las víctimas y sancionar a los agresores, lo cierto es que al día de hoy, las elecciones en las que se ha cometido ese tipo de violencia en México, sólo han sido anuladas a través de las sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y de los Tribunales Electorales Locales, como una causal de origen pretoriano.
Quizá haya quien opine que esa medida implica una mera formalidad, puesto que las elecciones en las que se ha violentado a las candidatas sí se han anulado pese a no estar expresamente previsto en algún ordenamiento legal.
Sin embargo, estimo que su ausencia en el mismo es bastante significativa, sobre todo si se toma en consideración el hecho de que ésta reforma ha sido impulsada desde el primer día, nada más ni nada menos que por la primera mujer Presidenta de nuestro país, la misma que en su toma de protesta afirmó, entre otras cosas, que con ella habían llegado todas las mujeres, por lo que considero que lo más justo y pertinente sería que una medida como la que propongo, tuviera cabida en la misma.
Existen más temas que quizá queden al margen del texto final de la Reforma en ciernes, de ellos iré dando cuenta a lo largo de los días una vez que haya tenido oportunidad de analizar su contenido. En tanto, sólo me queda hacer votos porque el mismo se traduzca en el fortalecimiento de nuestra democracia, y no en su merma como lo han afirmado diversos especialistas.
Notas
- Consultable en: https://pagina3.mx/gobierno-del-estado-niega-recursos-al-tribunal-electoral-no-hay-ni-para-sueldos/ ↩︎
- Consultable en: https://forbes.com.mx/ople-de-aguascalientes-y-michoacan-en-riesgo-cerca-de-no-tener-recursos-para-terminar-el-ano/ ↩︎
- Consultable en: https://www.reforma.com/acusa-iepc-a-gobierno-de-guerrero-de-retener-recursos/ar2685165 ↩︎
- Artículo 38, fracción VII ↩︎
- Artículos 247 y 463 Bis, entre otros. ↩︎
- Artículo 80, párrafo 1, inciso h) ↩︎
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