Editorial LEEA
La denuncia de la FGR nos indica que el marco institucional y de cooperación entre México y Estados Unidos en materia de seguridad necesita de reglas claras y compartidas.
La detención y traslado de Ismael “El Mayo” Zambada a Estados Unidos, ocurrida el 25 de julio de 2024, ha dejado de ser únicamente un expediente relacionado con el combate al narcotráfico para convertirse en un caso que pone a prueba la confianza institucional entre México y Estados Unidos.
A casi dos años de los hechos, el centro de la discusión ya no es la captura de uno de los líderes históricos del Cártel de Sinaloa, sino las contradicciones sobre la forma en que se desarrolló el operativo y el nivel de información que las autoridades estadounidenses compartieron con el Estado mexicano.
La controversia cobró nueva fuerza después de que la Fiscalía General de la República sostuviera que la información entregada por la Oficina Federal de Investigación, mejor conocida como FBI por sus siglas en inglés, fue “parcial, insuficiente e incluso falsa” en aspectos relevantes para la investigación, mientras el exembajador Ken Salazar, en sus memorias Borderlands, reiteró que Estados Unidos no organizó el operativo y que “no era nuestro avión, ni nuestro piloto, ni nuestra operación”.
Sin embargo, el debate adquirió una dimensión distinta cuando se conoció que la aeronave utilizada para trasladar a Zambada fue incorporada a la colección del Museo del Aire War Eagles, en Nuevo México, como parte de una donación atribuida al FBI y cuya exhibición fortaleció los cuestionamientos sobre el grado de participación de autoridades estadounidenses, abriendo al mismo tiempo nuevas interrogantes respecto de una operación que, desde el inicio, estuvo rodeada de versiones contradictorias.
Más allá de las responsabilidades penales que correspondan a quienes participaron en el traslado, el asunto poseé una dimensión institucional que trasciende el caso concreto toda vez que México y Estados Unidos mantienen desde hace décadas mecanismos permanentes de cooperación en materia de inteligencia, combate al narcotráfico, extradiciones y persecución del crimen organizado. Esa colaboración sólo puede sostenerse sobre dos principios irrenunciables: confianza mutua y respeto a la soberanía de cada Estado.
Por ello, el punto central de la investigación no consiste en cuestionar la captura de un presunto delincuente de alta peligrosidad, sino en esclarecer si una operación de esa naturaleza se desarrolló conforme a los acuerdos bilaterales vigentes o si existieron actuaciones unilaterales que vulneraron el marco de cooperación establecido entre ambos países. Esa diferencia no es menor, considerando que en el ámbito de las relaciones internacionales, la eficacia operativa nunca sustituye la obligación de actuar dentro de la legalidad.

En ese contexto, las declaraciones de Ken Salazar enfrentan además un desafío de credibilidad, pues si la versión oficial sostiene que Estados Unidos no intervino operativamente, corresponde aclarar por qué han surgido elementos documentales que alimentan una percepción distinta y por qué la FGR considera insuficiente la información recibida. Tales dudas orientan la exigencia de transparencia por parte del gobierno mexicano, lo cual resulta indispensable para evitar que las contradicciones erosionen la confianza institucional que sustenta la colaboración bilateral.
Más allá de este episodio, la relación entre México y Estados Unidos atraviesa una etapa en la que la cooperación en seguridad enfrenta exigencias crecientes de rendición de cuentas. El combate al crimen organizado demanda coordinación, intercambio de inteligencia y acciones conjuntas, pero también reglas claras, responsabilidades compartidas y pleno respeto al derecho internacional.
La eficacia operativa, por sí sola, nunca ha sido suficiente para sostener una política de seguridad entre naciones, entendiéndose que su legitimidad descansa en la observancia del marco jurídico, la transparencia institucional y el reconocimiento recíproco de la soberanía. Cualquier fisura en esos principios trasciende el expediente que la origina y proyecta sus efectos sobre el conjunto de la relación bilateral.
Indudablemente, la fortaleza de la cooperación entre México y Estados Unidos nunca dependerá en exclusiva de la eficacia para detener objetivos criminales de alto perfil, ya que descansa en la confianza institucional, la transparencia en el intercambio de información y el respeto recíproco a la soberanía y al Estado de derecho.
Versiones incompatibles, información incompleta o dudas razonables sobre el desarrollo de una operación de esta naturaleza no sólo debilitan una investigación penal; comprometen la credibilidad de los mecanismos de cooperación que ambos países han construido durante décadas.
Dadas las circunstancias, la exigencia de la FGR no debe interpretarse como la defensa de un líder criminal, sino como una demanda legítima de verdadera transparencia y certeza jurídica en una relación bilateral que exige reglas claras y responsabilidades plenamente identificables.
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