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Magistraturas del Tribunal Electoral, ¿beneficiarias de la siguiente Reforma Judicial?

Legisladores de Morena lanzan propuesta de reforma de cara a las elecciones del Poder Judicial. Los nombramientos de la Sala Superior del Tribunal Electoral, el tema pendiente.

Por Óscar Manríquez Palacios1

Legisladores de Morena lanzan propuesta de reforma de cara a las elecciones del Poder Judicial. Los nombramientos de la Sala Superior del Tribunal Electoral, el tema pendiente.

A diecinueve meses de haber sido aprobada la Reforma Constitucional al Poder Judicial, y a poco más de diez de haberse celebrado la primera Elección de Personas Juzgadoras en nuestro país, legisladoras y legisladores de Morena han puesto sobre la mesa realizar ajustes al modelo de elección de quienes integran la Judicatura sin trastocar ni renunciar a su esencia: “que el pueblo los elija”. 

Esta iniciativa propone reformar diez artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a través de los cuales busca: 

1.- Reprogramar la elección judicial de 2027 a 2028, y en lo sucesivo, separar la organización y celebración de las elecciones judiciales de las elecciones políticas, para evitar que los debates públicos de éstas impacten en las primeras.

2.- Conformar un Comité Único de Evaluación que sustituya a los anteriores del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, integrado por personas propuestas por los tres poderes de la Unión, y quienes tendrían a su cargo, entre otras cuestiones, la revisión de expedientes de las y los aspirantes.

3.- Establecer nuevos requisitos para las y los aspirantes: a) acreditar una certificación técnica, b) contar con años de experiencia previa dentro del propio Poder Judicial, y c) no ser militante partidista.

4.- Devolver a la Suprema Corte de Justicia de la Nación las dos Salas con las que funcionaba anteriormente, pero bajo la denominación: “Secciones”, las cuales serían competentes en materia administrativa, laboral, penal y civil. 

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Foto: TEPJF

5.- Disponer de un sistema que permita al Poder Judicial cubrir las vacantes de quienes, ocupando algún cargo en el mismo, soliciten licencia para postularse a algún otro dentro de la misma judicatura.  

6.- Sustituir el promedio académico como criterio de selección para aspirantes por una certificación emitida por la Escuela Nacional de Formación Judicial. 

7.- Diseñar y aplicar exámenes de conocimiento con el apoyo de la Escuela referida, así como de universidades públicas.

Sin embargo, lejos de los temas enlistados, existe uno en el que hasta el momento poco se ha reparado, quizá por estimarlo jurídicamente irrelevante —lo cual sería muy deseable—, o tal vez por considerarlo políticamente predecible —lo que resultaría muy preocupante—, y es el relativo al de la posible tercera prórroga de los nombramientos hasta 2028 de cuatro de los actuales integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que podrían  concluir “en la fecha que tomen protesta las personas juzgadoras que emanen de la elección que se celebre para tal efecto”. 

Es decir, de aprobarse dicha propuesta, esa prórroga representaría un hito en el derecho electoral mexicano al no existir precedente en la historia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, como se muestra a continuación: 2 3 4 5

Lo anterior no es un asunto menor si se considera que, políticamente, la aprobación de la prórroga podría impactar de forma negativa en la imagen de por sí mermada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación luego de que los posibles beneficiarios de la propuesta fueron los mismos que aprobaron el fallo que le otorgó a Morena la sobrerrepresentación con que cuenta actualmente en el Congreso.6

Por todo lo expuesto, considero que si bien la iniciativa es insuficiente para emular los aciertos con que contaba la extinta carrera judicial —que durante décadas demostró no ser perfecta pero sí eficiente—, es al menos una buena señal de que el legislador puede recular cuando una reforma no es funcional, pero sobre todo, de que el pueblo también se puede equivocar al votar si no se le proveen de los perfiles idóneos para los cargos a renovar. 

En ese sentido,  es urgente que en los comicios judiciales que se realicen en 2027 o 2028, se exija más a quienes aspiren a algún cargo jurisdiccional, sobre todo cuando la elección del año pasado nos obsequió  algunos perfiles que ya en el cargo demostraron no saber conducir una audiencia,7 multaron exorbitantemente a quien los corrigió en la conducción de alguna,8 o que en un momento de sorprendente honestidad, renunciaron al percatarse de la inmensa responsabilidad que implica ser Juzgador.9    

Notas
  1. Licenciado en Derecho y Especialista en Derechos Humanos por la UNAM, y Especialista en Democracia Inclusiva y Maestrante en Derecho Electoral por la Escuela Judicial Electoral del TEPJF. ↩︎
  2. Decreto consultable en: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5459803&fecha=03/11/2016 ↩︎
  3. Avalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Acción de Inconstitucionalidad 99/2016 y su acumulada ↩︎
  4. Decreto consultable en: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5738985&fecha=15/09/2024 ↩︎
  5.  Iniciativa consultable en: https://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/66/2026/abr/20260421-II-1-3.pdf ↩︎
  6. SUP-REC-3505/2024 consultable en: https://www.te.gob.mx/front3/publicSessions/detail/1748/0 ↩︎
  7. Consultable en: https://www.tvazteca.com/aztecanoticias/carlos-zetina-cornejo-juez-bienestar-video-audiencia-eleccion-judicial ↩︎
  8. Consultable en: https://www.unotv.com/estados/tamaulipas/jueza-en-tamaulipas-impone-multa-de-1-4-mdp-a-abogada-por-cuestionar-audiencia/ ↩︎
  9. Consultable en: https://www.afmedios.com/renuncias-anticipadas-sacuden-a-los-nuevos-jueces-del-bienestar/ ↩︎

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