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Celulares, redes y “censura”: cómo se construye una disputa sin mezclar los debates

Miguel Ángel López Flores

La discusión sobre el uso de celulares en las escuelas y la regulación de las plataformas digitales comenzó a mezclarse en México con una narrativa política sobre una supuesta “Ley Censura”.

Si bien el uso de celulares en las escuelas y la regulación de las plataformas digitales son debates relacionados, se trata de temas distintos. La regulación escolar que actualmente se discute busca establecer límites al uso de dispositivos durante las actividades educativas, mientras que el debate sobre plataformas digitales aborda asuntos más amplios, como el acceso de menores a redes sociales, los algoritmos, la protección de datos y los derechos de las audiencias. Separar ambos asuntos resulta indispensable para evaluar qué está realmente propuesto y qué forma parte de la confrontación política.

En el caso de los teléfonos celulares en las escuelas, existen iniciativas legislativas presentadas por distintos grupos parlamentarios que plantean restricciones durante el horario escolar, con excepciones para actividades pedagógicas, emergencias, razones médicas o necesidades educativas específicas. 

En febrero y marzo de 2026 se presentaron propuestas en la Cámara de Diputados con objetivos similares, mientras que en mayo el Congreso de Ciudad de México aprobó por unanimidad una regulación para primarias y secundarias. El dictamen capitalino estableció que no se trata de una prohibición absoluta y eliminó un enfoque punitivo automático. 

En el Estado de México, por ejemplo, la regulación aprobada en 2026 integró iniciativas de legisladores del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y del Partido Acción Nacional (PAN), cuya propuesta establece que los dispositivos podrán utilizarse durante las clases para fines académicos o en emergencias bajo las condiciones que determinen las autoridades educativas. El propio Congreso capitalino aprobó su regulación por unanimidad. 

Es diferente el segundo debate, el cual refiere que la presidenta Claudia Sheinbaum ha planteado discutir también el uso de redes sociales, algoritmos y plataformas digitales por niñas, niños y adolescentes.

Al respecto, durante el mes de junio explicó en su espacio informativo que pidió a la Secretaría de Educación Pública consultar a madres y padres de familia y negó que la intención fuera censurar la libertad de expresión. En julio reiteró que la regulación debía construirse mediante consultas con docentes, familias y especialistas, y que no se trataba de “prohibir por prohibir”. 

Respecto a la expresión “Ley Censura”, ésta tiene un origen político verificable que data de 2025, año en que el PAN la utilizó para cuestionar la reforma en materia de telecomunicaciones, particularmente por las facultades que, según sus legisladores, podían permitir al gobierno intervenir sobre plataformas digitales y contenidos. 

Senadores panistas sostuvieron entonces que determinadas disposiciones podían utilizarse para bloquear plataformas o cuentas y concentrar atribuciones regulatorias en el Ejecutivo, afirmaciones que formaron parte de su posición política frente a aquella reforma; sin embargo, no constituyen por sí mismas una demostración de que la regulación de celulares en escuelas sea un mecanismo de censura. 

Aquí la diferencia importa porque una restricción al uso de un dispositivo dentro de un plantel no equivale jurídicamente a controlar el contenido que una persona puede publicar o consultar en internet; por ende, una escuela puede establecer que durante una clase el teléfono permanezca apagado o resguardado y, al mismo tiempo, respetar el derecho del estudiante a utilizar internet fuera de ese horario. 

De igual manera, regular determinadas prácticas de las plataformas, por ejemplo, mecanismos de protección para menores, constituye un asunto distinto a prohibir opiniones o contenidos por razones políticas.

Se entiende así que la propia propuesta federal que se encuentra en discusión muestra esa diferencia y, en ese sentido, parece estar orientada una iniciativa presentada el 7 de abril de 2026 por el diputado federal Luis Orlando Quiroga Treviño, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), quien propone reformar el artículo 66 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para establecer una política de uso seguro, responsable y adecuado a la edad de teléfonos celulares y otros dispositivos digitales. 

El proyecto plantea que las autoridades establezcan lineamientos para su utilización y contempla los riesgos asociados con el acceso a internet y otros sistemas de información.

Resulta entonces que el problema de la desinformación aparece cuando una medida concreta se presenta como si fuera otra más amplia: restringir el teléfono durante una clase se convierte en “prohibir las redes”; consultar sobre el acceso de menores a plataformas se transforma en “censurar internet”; y una expresión política utilizada durante el debate de telecomunicaciones se traslada a una regulación educativa que tiene otro objeto. Las tres cosas pueden discutirse legítimamente, pero no son equivalentes.

Finalmente, la discusión de fondo merece precisamente lo contrario de una consigna, debido a que existen razones documentadas para regular el uso de dispositivos en las escuelas y también existen razones para examinar cuidadosamente cualquier regulación que pueda afectar derechos digitales, privacidad o libertad de expresión. 

La experiencia internacional muestra que los límites a los celulares escolares son cada vez más frecuentes, pero también que las políticas más completas combinan restricciones con educación digital, participación familiar y excepciones pedagógicas.

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